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Sábado, 10 de Marzo de 2012 21:03

Superintendencia Nacional de Salud remueve Revisores Fiscales de 12 EPS

por  Hector Ivan Valencia Muñoz
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Superintendencia Nacional de Salud remueve Revisores Fiscales de 12 EPS Stock photo: Paper Clip

Esta noticia no puede pasar desapercibida para la profesión: la Superintendencia Nacional de Salud adoptó medidas cautelares de vigilancia especial a 12 Entidades Promotoras de Salud EPS, medidas consistentes en:

  • La remoción de sus Revisores Fiscales
  • La designación, en su lugar, de Contralores
  • La presentación y cumplimiento de planes de acción (tendientes a superar las razones que llevaron a tomar la medida cautelar)

Las resoluciones pueden ser descargadas desde el sitio web de la Superintendencia Nacional de Salud: http://www.supersalud.gov.co/supersalud/Default.aspx?tabid=98 (seleccionar el año 2012)

Las siguientes son las EPS objeto de la medida cautelar:

  • CAPRECOM EPSS
  • EPSS SALUD VIDA S.A.
  • PIJAO SALUD EPSI
  • AMBUQ EPSS
  • COOSALUD E.S.S. EPSS
  • ASMET SALUD ESS EPSS
  • EPSS COMFACHOCO
  • EPS FAMISANAR LTDA
  • EPS SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A.
  • EPS-S COMFENALCO TOLIMA
  • EPS-S COMFAMILIAR CARTAGENA
  • EPS-S COMFAMILIAR NARIÑO

 

 

Indignación, eso es lo mínimo que podemos sentir los profesionales de la Contaduría Pública porque en este hecho están involucrados por lo menos 24 colegas: 12 que certifican los estados financieros y 12 que los auditan. Y es que el asunto no es irrelevante, no se trata simplemente de un incumplimiento de una instrucción contable, el subestimar la provisión de deudores cambia radicalmente la situación financiera reflejada en los estados financieros, ese cambio es de tal magnitud, que al hacer la corrección se pasa de una situación teórica de liquidez, a una de iliquidez absoluta.


Suponemos que estos casos serán investigados por la Junta Central de Contadores, es posible que algunas de las empresas de Revisoría Fiscal y algunos Contadores Públicos que fueron removidos por la Supersalud hayan actuado con sujeción al código de ética de la profesión y tengan evidencia de abstención de opinión o de opinión negativa sobre los estados financieros de las EPS a las que les fue impuesta la medida cautelar.

Ultima modificacion el Miércoles, 20 de Junio de 2012 13:30
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